Animales
Animales
El AIFA ofrece facilidades y establece reglamentos para los pasajeros que desean viajar con animales de compañía. Puedes consultarlas aquí.
El transporte de animales domésticos deberá realizarse en jaulas o contenedores proporcionados por el pasajero, los cuales deben estar acondicionarlos con material absorbente, así como alimento y agua necesarios para el trayecto. Estos deben cumplir con las siguientes dimensiones y características:
• Sólo los animales de servicio, incluyendo perros lazarillos, así como los animales de apoyo emocional podrán viajar en la cabina de pasajeros, sin cargo alguno para el pasajero. Para tal efecto, el pasajero deberá; sujetarse a las medidas de seguridad operacional aplicables, las cuales deberán ser informadas previamente por el concesionario o permisionario.
• No podrán ser transportados animales infectados, ya sea vivos o muertos.
• Los animales domésticos no podrán ser sedados por ningún motivo.
• El pasajero que realice el transporte de animales domésticos en las aeronaves de servicio al público de transporte aéreo de pasajeros debe cumplir con lo siguiente:
· Presentar original y copia del certificado de vacunación, expedido por un médico veterinario en papel membretado y con el número de cédula profesional, el cual deberá considerar la aplicación de la vacuna antirrábica con un año a partir de la fecha de aplicación y al menos 30 días antes de la fecha de vuelo y desparasitación no mayor a 6 meses tomando en cuenta la fecha de regreso del pasajero.
• Presentar original y copia de la carta responsiva por los posibles daños o la muerte del animal doméstico por causas no atribuibles al concesionario o permisionario.
Respetando las condiciones de peso y dimensiones determinadas por cada aerolínea, el animal podrá; viajar en el asiento del frente del pasajero, dentro de un transportador o contenedor adecuado.
El animal será transportado en la bodega del avión como parte del equipaje, dentro de su transportador o contenedor. También aplican pesos y dimensiones específicas dependiendo cada aerolínea.
Los animales que se permiten para apoyo emocional solo son "perros y gatos" (para más información consultar con tu aerolínea de preferencia) y aquellos animales que han sido entrenados especialmente para acompañar a personas con alguna discapacidad o bien aquellos que brindan un apoyo terapéutico a sus dueños. Pueden viajar en cabina y sin un transportador, además de que su transportación no tiene un costo adicional.
Para más información, consulte los detalles con la aerolínea de su preferencia.
Embarazadas y Bebés
Embarazadas y Bebés
Revisa las especificaciones para los viajes con bebés, menores de edad y otras poblaciones que requieren atención especial.
En la mayoría de las aerolíneas está permitido viajar con un bebé a partir de los 7 días de nacido. Sin embargo, las políticas y condiciones para su viaje, así como el equipaje correspondiente van a depender de cada aerolínea. Te recordamos que en esta categoría se incluyen infantes hasta los 2 años cumplidos.
Para más información, consulta los detalles con la aerolínea de tu preferencia.
Las aerolíneas tienen la obligación de verificar que el pasajero menor de edad cuente con pasaporte, además de asegurarse de lo siguiente:
• Si viaja en compañía de alguna persona, que sea la que ejerza sobre el menor la patria potestad o tutela, conforme a los requisitos de la legislación civil.
• Si viaja solo o acompañado por un tercero mayor de edad distinto al que ejerce la patria potestad o tutela, debe presentar: El documento a través del cual quienes ejerzan la patria potestad o la tutela autorizan su salida del territorio nacional, otorgado ante fedatario público, o el documento emitido por la autoridad facultada para ello. Dicho documento podrá ser el formato que para tal efecto establezca la autoridad migratoria mediante disposiciones administrativas de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación. (Formato SAM).
Para más información, consulta los detalles con la aerolínea de tu preferencia.
La IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) recomienda viajar hasta las 36 semanas de embarazo cuando no se han presentado complicaciones. Sin embargo, cada aerolínea establece sus condiciones, pudiendo requerir de un certificado médico que acredite la posibilidad de viajar de la pasajera dependiendo la semana de gestación que determine.
Los adultos mayores de 60 años son considerados como personas de la tercera edad.
La mayoría de las aerolíneas cuenta con servicio de acompañamiento para brindar una atención personalizada en su proceso de documentación, abordaje y durante el vuelo hasta llegar a su destino. Esto puede tener un costo adicional.
En caso de requerir una silla de ruedas, puede solicitarse directamente con la aerolínea o en los Módulos de Información del aeropuerto.
Necesidades Médicas
Necesidades Médicas
Consulta los requerimientos para pasajeros con necesidades médicas que planeen viajar desde el AIFA.
Se recomienda consultar previamente a un médico para realizar un viaje en caso de contar con algún padecimiento o enfermedad. Toma en cuenta que, dependiendo la aerolínea, puede ser necesario presentar algún certificado médico para abordar, por lo que te recomendamos contactar a tu aerolínea previamente para conocer los detalles.
Los medicamentos para uso personal están permitidos y pueden llevarse en el equipaje de mano, siempre y cuando la cantidad sea razonable a la necesidad del pasajero y de su itinerario. Se recomienda también contar con la prescripción médica correspondiente.
Personas con Discapacidad
Personas con Discapacidad
Si requieres una silla de ruedas desde el estacionamiento del AIFA recuerda que puedes solicitarla en los Módulos de Información del aeropuerto al teléfono 55 5798 9800 Ext 12003, 12004 y 12005. O con la aerolínea de tu preferencia.